Introducción
La Universidad de los Andes, interesada en brindar siempre
a los miembros de su comunidad los mejores recursos para el
desarrollo de sus labores, tiene a disposición de estudiantes,
profesores y personal de apoyo institucional diferentes servicios
de tecnología informática y de telecomunicaciones, a través de
una red privada y cerrada.
Para hacer más eficiente el uso de dichos servicios, se han
establecido unas normas, que contemplan los derechos y deberes de
la Universidad y de los usuarios de los servicios que presta en
las áreas de tecnología informática y de telecomunicaciones.
Estas normas buscan orientar el uso de los servicios
mencionados, teniendo en cuenta que son de beneficio para la
comunidad uniandina y que cualquier falla o daño generados en
ellos afecta a la misma comunidad. Lo anterior sin desconocer el
respeto de derechos tales como el derecho a la intimidad y a la
privacidad.
Este documento recoge esas normas y las presenta desde el
punto de vista del usuario. Cada uno, según su actividad en la
Universidad, podrá encontrar a qué servicios tiene acceso, cómo
debe usarlos y su responsabilidad frente a ellos.
Usuarios: Estudiantes, profesores, personal de apoyo
institucional, administradores de servicios
Qué usar
Los servicios de tecnología informática y de
telecomunicaciones que presta la Universidad se clasifican en
siete grupos. A continuación se definen estos servicios y se dan
algunos ejemplos de actividades incluidas en ellos.
- Alojamiento de información: almacenamiento temporal o
permanente de conjuntos de datos, en servidores de la
Universidad. Ejemplos: páginas web, mensajes de correo
electrónico, bases de datos.
- Asesoría y gerencia de proyectos informáticos o de
telecomunicaciones: apoyo en la adquisición de hardware y
software; diseño, desarrollo o implantación de aplicaciones
computarizadas o sistemas de información; planeación y
seguimiento a proyectos de tecnología informática y de
telecomunicaciones; preservación de la seguridad informática.
Ejemplos: comprar un computador, desarrollar un proyecto web.
- Prestación de soporte técnico: apoyo para la solución de
inconvenientes o dificultades con la infraestructura, las
aplicaciones computarizadas o los sistemas de información.
Ejemplo: configuración de un computador nuevo, instalación de
equipos en red. Para buscar apoyo, se marca la extensión 3333.
- Envío y/o recepción de información: ejemplos: envío y
recepción de correo electrónico.
- Uso de aplicaciones computacionales y sistemas de
información: las aplicaciones son programas de computador
diseñados para ayudar a ejecutar una tarea específica. Ejemplo:
Beneflex. Los sistemas de información realizan actividades
básicas de entrada, almacenamiento, procesamiento y salida de
información. Ejemplos: Sicua, Banner.
- Utilización de la infraestructura: ejemplos de
infraestructura en los Andes son las salas de micros, la red de
datos.
- Utilización de medios audiovisuales: servicios de
grabación, edición y copiado de material de video; transmisión
por el circuito cerrado de televisión, préstamo de equipos
audiovisuales.
Los servicios de los grupos 2 y 3 se prestan a profesores y a las
personas de apoyo institucional.
Cómo usar estos servicios
Cada miembro de la comunidad uniandina es responsable del uso de los
servicios para los cuales está autorizado. Ello implica usarlos de
manera ágil, eficiente y racional y, además, cumplir con las
normas establecidas para su uso y para preservar la seguridad del
sistema. Esto incluye informar a la Dirección de Tecnologías de
Información o a los administradores de los servicios de tecnología
informática y de telecomunicaciones sobre las irregularidades,
problemas o inconvenientes relacionados con los servicios, para
que puedan aplicar sus correctivos oportunamente.
En caso de causar algún daño o perjuicio por mal uso de los servicios, deberá
responder disciplinariamente ante las correspondientes instancias
de la Universidad y, si es el caso, ante las autoridades
competentes.
Qué no debe hacer el usuario
- Permitir que otras personas usen su cuenta de correo.
- Ocultar la identidad propia o la de otros al usar los
servicios.
- Utilizar alias, seudónimos, apodos, nicknames.
- Intentar acceder a sistemas o redes a las cuales no
tiene permiso, sin la autorización escrita de quien administra
el respectivo servicio.
- Usar los servicios con fines comerciales o publicitarios
o buscar beneficio económico con ellos.
- Deshabilitar, sobrecargar o deteriorar los servicios.
- Interferir con el uso y provecho de los servicios.
- Usar los servicios para amenazar, coaccionar,
extorsionar, injuriar o calumniar a cualquier persona.
- Usar los servicios para realizar conductas
discriminatorias, actividades ilícitas o que atenten contra los
derechos de las personas.
- Propagar información falsa, engañosa o que pueda causar
pánico.
- Desconocer los derechos de autor.
Administradores
Institucionalmente, la unidad que administra los servicios
de tecnología informática y de telecomunicaciones de la
Universidad es la Dirección de Tecnologías de Información (DTI).
Adicionalmente, algunas unidades a lo largo de su historia han
conformado grupos de apoyo para sus necesidades específicas en el
área de tecnología informática y ellos tienen responsabilidades
como administradores por el tipo de servicios que prestan. Es
administrador toda persona o unidad responsable de la
administración y soporte técnico de centros de cómputo,
servidores o cualquier otro tipo de servicios de tecnología
informática y de telecomunicaciones.
La labor de los administradores incluye:
- Mantener funcionando los servicios que les corresponde
administrar.
- Informar a los usuarios sobre variaciones en la
prestación de los servicios.
- Informar a los usuarios sobre el funcionamiento y la
forma como debe ser utilizado el servicio y brindar el soporte
técnico oportuno para ello.
- Velar por la privacidad de los servicios de red; por lo
cual solo pueden suministrar información de quiénes los utilizan
a las autoridades competentes o al Comité de Rectoría de la
Universidad.
- Impedir que circule información que afecte los intereses
y fines de la Universidad y de la comunidad uniandina.
- Implementar los medios tecnológicos de seguridad
adecuados para cada tipo de servicio.
- Reconocer y acatar las disposiciones que dicte la DTI en
materia tecnológica y de seguridad informática.
- Informar oportunamente a quien corresponda, según el
usuario, sobre el incumplimiento de las reglas sobre el uso de
los servicios de tecnología informática y de telecomunicaciones
de la Universidad.
- Informar a la DTI, cuando ella lo requiera, sobre cómo
el administrador está prestando el servicio y cómo este viene
funcionando.
La labor de la DTI incluye, además:
- Administrar los nombres de las cuentas de correo
institucional @uniandes.edu.co.
- Administrar la infraestructura física de las redes.
- Propender por el desarrollo tecnológico de la
Universidad y por el uso cada vez más eficaz de los servicios de
tecnología informática y de telecomunicaciones.
- Asesorar a las distintas unidades académicas y
administrativas en la adquisición de hardware, software y
tecnología relacionada.
- Bloquear o suspender los servicios de red -el central o
el de otras unidades académicas o administrativas- cuando causen
perjuicio al servicio de la red de la Universidad o a redes
externas.
- También están a cargo de la DTI los sistemas de
información institucional: Recursos Humanos, Bibliotecas,
Banner, Sicua, Sistema financiero y sitio web uniandes.
Responsabilidad de la Universidad
La Universidad es
responsable de la administración y prestación efectiva de los
servicios de tecnología informática y de telecomunicaciones.
Esta labor incluye:
- Actuar con prontitud para retirar o impedir el acceso a
información que haya almacenado, cuando sepa que esta no está
disponible al público o que es de carácter ilícito.
- Poner a disposición de las autoridades -previa solicitud
de estas- toda la información que posea de los usuarios de sus
servicios, así como aquella que permita identificarlos.
Esta labor no incluye:
- La supervisión de datos que transmitan o almacenen los
usuarios.
- Realizar búsquedas de actividades ilícitas en los
servicios de transmisión, almacenamiento ni alojamiento de
datos.
(Aprobado por el Comité Ejecutivo en la sesión N° 145-03, del 14
de mayo de 2003)